Por fin la semana pasada el Concejal de Hacienda, Rafael Serralta, puso a disposición de los grupos de la oposición el Expediente Reservado de Averiguación de Hechos, y con él las conclusiones a las que han llegado las personas que han estado analizando los hechos que lo motivaron.

¿Qué quieren ustedes que les digamos?

A la vista del expediente, esa parece haber sido la pregunta formulada por los “analistas” a los responsables políticos que les encargaron esta labor.

Para comenzar señalaremos que los partidos que denunciamos los hechos no merecemos, por alguna razón, tener copia del expediente; expediente que además es mucho más reducido de lo que cualquiera podía esperar. Sólo hemos tenido acceso para verlo y tomar notas. Por lo visto, para el equipo de gobierno del Partido Popular no somos de fiar y, por consiguiente ellos tampoco lo son para nosotros. Cualquier cosa que podamos decir podría ser “rebatido” fácilmente por ellos.

No tenemos acceso a copia porque podríamos pregonar el nombre de cualquier involucrado, sea empresa o particular, y sin embargo en ningún momento en el expediente se hace mención a ningún nombre propio, excepto en los membretes de las facturas, que ésas ya las teníamos con anterioridad y por eso efectuamos la denuncia.

Quienes han tenido la responsabilidad de analizar la documentación, aseguran haber revisado la totalidad de las facturas de once proveedores del Ayuntamiento desde el año 2006 (la oposición sólo ha tenido acceso a partir de 2009).

Tras esta revisión, “sólo” se han detectado dos facturas más de las encontradas por nosotros, y además de importes no demasiado “relevantes”. Son de 503,94 € y de 919,61 €. En ambos casos pertenecen al año 2006, son del mismo proveedor y no existe falsificación puesto que llevan mismo número y misma fecha, o sea son duplicidades.

Llama la atención la secuencia de lo ocurrido. Tras la denuncia por nuestra parte en la Comisión Informativa de Hacienda del 6 de noviembre de 2012, el día 13 de noviembre se acuerda iniciar este Expediente de Averiguación de Hechos, el 27 de noviembre se le solicita a Intervención un informe de los hechos publicados en distintos medios de comunicación relativos al pago duplicado de algunas facturas de proveedores.

Siguen las casualidades. En todos los casos por nosotros denunciados más los dos detectados tras la “investigación”, las empresas han devuelto sus importes en el mismo día que se detectaron o como máximo al día siguiente (27-28 de noviembre de 2012). O sea que estas empresas han sido tan ágiles como las propias gacelas en la comprobación de estos “errores”, más incluso que el Sr. Interventor quien entrega la documentación requerida al Instructor del Expediente el día 12 de diciembre de 2012.

Tras la devolución de los importes cobrados indebidamente, los responsables de nuestro Ayuntamiento no tienen la menor objeción a que estas empresas sigan siendo proveedores de la institución municipal; algo que todos sabemos que no ocurriría en caso de haberse dado en uno de nuestros hogares o de nuestras empresas.

Las conclusiones no sabemos si son para reír o para llorar; pero como dice el Sr. Serralta, son las que son… o quieren aparentar que sean.

A pesar de lo que se ha tardado en informarnos que habían terminado (según parece las pesquisas finalizaron en febrero), la brevedad y simplicidad de las explicaciones, dicen que son las siguientes,

1. El Técnico en quien han recaído la revisión de todas estas facturas, y según la propia ficha del puesto de trabajo, tiene además de la responsabilidad de visado de facturas de proveedores, otras doce tareas no menos importantes.

2. Para evitar estas “duplicidades” en los pagos de las facturas, se RECOMIENDA LA CREACIÓN DE UN REGISTRO DE FACTURAS RECIBIDAS.

3. Para identificar y evitar las facturas emitidas en diferentes fechas, por una misma prestación (es decir las que nosotros llamamos falsificadas), distribuir la función de control de los miles de facturas que se reciben, en más de un técnico y con un sistema de asignación rotatorio y universal.

Por consiguiente no se cree conveniente iniciar un expediente disciplinario a ningún personal del Ayuntamiento.

De toda esta rocambolesca historia y no menos rocambolescas conclusiones, sólo hemos conseguido que una copia de estas facturas se haya remitido al Juzgado para que se una al Proceso Judicial nº. 001087/2010 que continúa abierto.

¿Quieren decir que ningún responsable ni técnico ni político, había caído en la cuenta de la saturación de trabajo recaída en una misma persona? ¿Quieren decir que a ningún responsable ni político ni técnico se le había ocurrido crear un registro de facturas recibidas, cuando es algo que cualquier pequeña empresa tiene en su aplicación informática? ¿Quieren decir que ven normal que los proveedores –siempre los mismos- cambien números de facturas y fechas de emisión y se vuelvan a presentar al cobro?

Tenemos la sensación de que se nos ríen en la cara, de que insultan nuestra inteligencia. Seguiremos solicitando la máxima información, e imaginamos que alguien seguirá obstruyendo la facilidad para nuestro acceso.

Vicente Bernabeu

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3 COMENTARIOS

  1. Siempre igual. ¿No hay manera de que estas personas abran todos los cajones y muestren toda la porquería que tienen? Esa manera de gestionar el Ayuntamiento no es digna, no entiendo que tratándose en la mayoría de los casos de situaciones consentidas y quizá provocadas por antiguos compañeros de partido, no accedan a sacarlo todo a la luz y a poner a cada cual en su sitio. Con la actitud que están tomando están siendo cómplices de una gestión pésima y presuntamente ilícita.

  2. Blanco y en botella amic Sento. Solución, dar traslado de tus sensatas conclusiones para que se incorporen a los procedimientos judiciales que ya están abiertos y en los que estáis personados. Y dentro del ayuntamiento y en sede administrativa y política, seguir haciendo tu trabajo como hasta ahora. Esto no se ha terminado, estoy seguro

  3. 46.000 €. En seguros, solo son 126 € al dia .
    ¿cuantos expedientes de daños sean realizado al año?
    ¿cuantos procedimientos sean ejecutado?

    AYUNTAMIENTO DE IBI
    EDICTO

    De conformidad con lo dispuesto en el artículo 142 del

    RDL 3/2011 se anuncia concurso para la contratación del

    suministro mencionado.

    1. Entidad adjudicadora:

    A) Organismo: Ayuntamiento de Ibi.

    B) Dependencia que tramita el expediente: Contratación.

    2. Objeto del contrato.

    A) Descripción del objeto: Será objeto del presente

    contrato la suscripción por parte del Ayuntamiento de Ibi de

    las pólizas de seguro para la cobertura de los riesgos

    descritos a continuación y cuyas especificaciones técnicas

    se recogen en el Pliego de Prescripciones Técnicas (en lo

    sucesivo PPT), teniendo estas prescripciones el carácter de

    mínimas.

    El contrato se divide en los lotes siguientes:

    Lote nº. 1: Póliza de Responsabilidad Civil/Patrimonial.

    Lote nº. 2: Póliza de Seguro de Daños Materiales.

    Lote nº. 3: Póliza de Seguro Colectivo de Accidentes.

    Lote nº. 4: Póliza de Responsabilidad Civil Personal y

    Autoridades al Servicio de la Administración.

    B) Lugar de ejecución: Ibi.

    C) Plazo de ejecución: El plazo de duración del contrato

    será de UN AÑO. Dicho plazo puede ser prorrogado por

    periodos de tiempo de un año, si se acuerda de forma

    expresa antes de su finalización. La duración total del contrato,

    incluidas las prórrogas, no podrá exceder de cuatro años.

    3. Tramitación, procedimiento y forma de adjudicación.

    A) Tramitación: Ordinaria.

    B) Procedimiento: Abierto.

    4. Precio del contrato.

    Se establece como presupuesto del contrato, la cantidad

    46.680 euros, susceptible de mejora a la baja, no siendo

    aplicable la normativa del IVA a los servicios a prestar, dicho

    importe se desglosa para cada uno de los lotes conforme se

    detalla a continuación, a los que se ha asignado el siguiente

    importe máximo:

    Lote nº1: 20.000 €

    Lote nº2: 17.280 €

    Lote nº3: 2.900 €

    Lote nº4: 6.500 €

    5. Garantías.

    Provisional: No se exige.

    6. Obtención de documentación e información.

    6.1.- Expediente Administrativo:

    A) Entidad: Excmo. Ayuntamiento de Ibi, Secretaría,

    negociado de contratación.

    B) Domicilio: Cr. Les Eres, nº 48.

    C) Localidad y Código Postal: Ibi 03440.

    D) Teléfono: 96/ 5552450.

    E) Fax: 96/ 5552935.

    6.2.- Obtención de documentación:

    6.2.1.- Pliego de condiciones: Página Web: http://www.gva.es

    Opción: Perfil de Contratante

    6.3.- Fecha límite de obtención de documentación e

    información: Hasta el día de finalización del plazo de presentación

    de proposiciones.

    7. Requisitos específicos del contratista.

    7.1.- Criterios de selección:

    Solvencia económica y financiera del licitador, que

    deberá acreditarse mediante los siguientes documentos:

    Informe de institución financiera en el que se haga

    constar expresamente que el licitador tiene solvencia económica

    suficiente para hacer frente a las obligaciones derivadas

    de la presente contratación.

    Declaración responsable en la que se especifique que

    el licitador dispone de un margen de solvencia real superior

    al margen de solvencia mínimo exigido por la Dirección

    General de Seguros y Fondos de Pensiones. Se especificarán

    las cantidades de los dos márgenes de solvencia.

    Solvencia técnica de los licitadores que deberá

    acreditarse mediante:

    Relación fechada y firmada de las principales pólizas

    suscritas, iguales o similares a la que es objeto del presente

    contrato, efectuadas durante los 3 últimos años, indicando su

    importe, fechas y destino público o privado para cada uno de

    los lotes a los que licita.

    Una relación de los principales servicios o trabajos

    realizados en los últimos tres años que incluya importe,

    fechas y el destinatario, público o privado, de los mismos.

    8. Presentación de las ofertas.

    A) Fecha límite de presentación: En el plazo de los

    quince días naturales a partir del siguiente al de la publicación

    de esta resolución en el Boletín Oficial de la Provincia,

    de 10’30 a 14’00 horas. A estos efectos, en caso de que el

    último día del plazo de presentación de ofertas coincida con

    sábado, se prorrogará al siguiente día hábil.

    B) Documentación a presentar: La que se especifica en

    la cláusula 12ª del Pliego de Condiciones particulares.

    C) Lugar de presentación: 1º Entidad: Ayuntamiento de

    Ibi, Secretaría, negociado de contratación.

    2º Domicilio: Cr. Les Eres, nº 48. 3º Localidad y código

    Postal: Ibi, 03440.

    D) Plazo durante el cual el licitador estará obligado a

    mantener su oferta: Hasta la adjudicación definitiva, con un

    plazo máximo de dos meses, a contar desde la apertura de

    proposiciones.

    9. Apertura de las ofertas.

    A) Entidad: Excmo. Ayuntamiento de Ibi, Salón de

    Reuniones de la Casa Consistorial.

    B) Domicilio: Cr. Les Eres, nº 48.

    C) Localidad: Ibi.

    D) Fecha: El primer día hábil siguiente al de la finalización

    del plazo de presentación de ofertas y el tercer día hábil

    posterior a aquél, a efectos de la apertura de los sobres A y

    B, respectivamente. A estos efectos, en caso de que coincida

    con sábado se prorrogará al siguiente día hábil.

    No obstante, en caso de que la Mesa de Contratación

    requiera a algún licitador a los efectos previstos en el párrafo

    tercero de la cláusula 11.2.1 del pliego de condiciones, el

    acto de apertura del sobre B tendrá lugar el sexto día hábil a

    contar desde el siguiente a la apertura del sobre A.

    E) Hora: Las 12 horas.

    10. Gastos de anuncios. Serán a cuenta del contratista

    adjudicatario conforme al pliego de condiciones.

    Ibi, 28 de junio de 2013

    LA TTE. ALCALDE DELEGADA,

    Amparo Pina Albero

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