El PSOE presentará recurso de inconstitucionalidad a la Reforma Laboral aprobada por el Gobierno de Rajoy, si no la retira o si en su tramitación parlamentaria no se corrigen radicalmente aquellas de sus disposiciones que suponen la vulneración de derechos reconocidos en la Constitución.
Tras su detenido estudio, el PSOE considera que esta Reforma Laboral vulnera, entre otros, los siguientes derechos reconocidos en la Constitución:
1- DERECHO CONSTITUCIONAL
EL ART. 35 DE LA CONSTITUCIÓN RECONOCE EL DERECHO AL TRABAJO.
Este precepto supone que la extinción del contrato (el despido) ha de responder a una causa justa prevista de antemano.
VULNERACIÓN EN LA REFORMA LABORAL
El nuevo “Contrato de Apoyo a los Emprendedores” que establece la Reforma marca un período de prueba obligatorio de un año de duración, durante el cual el empresario puede, por su libre voluntad y sin causa que lo justifique, despedir al trabajador.
Se rompe así con la naturaleza del período de prueba que, como señalan los convenios de la
Organización Internacional del Trabajo (OIT), debe tener distinta duración según la cualificación de los trabajadores (a más complejidad del trabajo, más duración) y esa duración debe ser razonable.
En resumen, resulta inconstitucional prever un período de prueba que rompe con toda duración razonable, que se impone con la misma duración a todos los trabajadores sometidos a este contrato, sea cual sea su cualificación y el tipo de trabajo que deben realizar y que, además, supone un trato discriminatorio contrario al art. 14 de la Constitución, al aplicarse exclusivamente a los trabajadores contratados en empresas de menos de 50.
2- DERECHO CONSTITUCIONAL
LA FIJACIÓN DE LAS CONDICIONES DE TRABAJO ESTÁ ENCOMENDADA POR NUESTRA CONSTITUCIÓN A LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA (ART. 37.1).
Y se establece por ley las condiciones mínimas. Por ejemplo, no se puede trabajar por encima de una jornada fijada por la Ley o por debajo del salario mínimo o por debajo de una determinada edad.
VULNERACIÓN EN LA REFORMA LABORAL
Esta Reforma cambia ese marco normativo y rompe, por tanto, con la Constitución.
1. Porque permite, violando una norma básica del derecho de contratos, dejar el cumplimiento del contrato de trabajo en manos exclusivas del empresario, pudiendo modificar unilateralmente horario, funciones e incluso el salario
2. Porque prohíbe a los convenios colectivos regular determinadas condiciones de trabajo.
3. Porque impone directamente determinadas condiciones como, por ejemplo, el sistema de clasificación profesional.
3- DERECHO CONSTITUCIONAL
EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL YA DECLARÓ INCONSTITUCIONAL, EN 1981, LA REGULACIÓN PARA LOS DESCUELGUES DE LOS CONVENIOS COLECTIVOS QUE PLANTEA LA ACTUAL REFORMA LABORAL.
VULNERACIÓN EN LA REFORMA LABORAL
La Reforma impone un arbitraje obligatorio.
Establece que si el empresario decide no aplicar lo establecido en el convenio colectivo (descuelgue) y no se pone de acuerdo con los trabajadores, el conflicto se resolverá por un árbitro que dictará un laudo de obligado cumplimiento.
Esta solución ya fue declarada inconstitucional en 1981 por entender que viola la autonomía de las partes a la hora de establecer las condiciones de trabajo.
LOS 3 PASOS DEL PSOE
1. EL PSOE pide al Gobierno que RETIRE ESTA REFORMA LABORAL.
2. Si -como es previsible- se tramita como Ley, el PSOE presentará como alternativa UNA ENMIENDA A LA TOTALIDAD.
3. Si el Gobierno no retira o corrige en profundidad la Reforma, eliminando de ella todas las disposiciones que suponen una vulneración de derechos constitucionales, el PSOE presentará RECURSO ANTE EL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL.